# ARTÍCULO 16
Medidas de higiene y/o prevención en la prestación del servicio en terrazas.
Se evitará el uso de cartas
optando por el uso de
dispositivos electrónicos propios
el uso de pizarras, carteles u otros medios similares.Como se ha publicado en el BOE (orden SND/399/2020), la presente orden será de aplicación a todas las zonas geográficas que estén a partir del lunes 11 mayo en fase 1
Son ahora los hosteleros quienes deberán estudiar dichas normas sanitarias junto con la exigencia de aforo, y decidir voluntariamente la fecha en la que deciden reabrir sus puertas.Evidentemente la viabilidad económica será la razón que más pese en ésta decisión.
Hay que recordar que en esta fase sólo se pueden abrir las zonas de terraza, con lo cual las normas se ciñen a ésta demarcación. Cuando se pase a la siguiente fase, se indicará probablemente (vía BOE) nuevos criterios sanitarios y de seguridad para la zona interior de comedor (o sala).
Normas sobre medidas de higiene y/o prevención, que deberán llevarse a cabo:
- Se limita el aforo al 50% de las mesas permitidas en el año anterior. Entre ellas debe haber una separación física de al menos 2 metros de distancia.
- Se autorizan reuniones de hasta 10 personas por mesa, permitiendo que se respeten la distancia mínima de seguridad interpersonal.
- Limpieza y desinfección del equipamiento de la terraza, en particular mesas, sillas, así como cualquier otra superficie de contacto, entre un cliente y otro. La limpieza y desinfección se ha de extremar a partir de ahora.
- Se deberá poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos con actividad virucida, que deben estar autorizados por el Ministerio de Sanidad. en todo caso en la entrada del establecimiento o local, que deberán estar siempre en condiciones de uso.
- La vajilla, cristalería, cubertería y mantelería, entre otros, se almacenarán en recintos cerrados y, si esto no fuera posible, lejos de zonas de paso de clientes y trabajadores.
- Se recomiendan los manteles de un solo uso, y si se usa mantelería textil, se deberá cambiar entre unos clientes a otros asegurando que su lavado es mecánico en ciclos de entre 60 y 90 grados centígrados.
- Se eliminará productos de autoservicio tipo servilleteros, palilleros, vinagreras, aceiteras…, habrá que utilizar mono dosis desechables.
- Se evitará el uso de cartas de uso común, optando por el uso de pizarras, carteles…ó bien ver la carta en nuestros dispositivos móviles.
- Se priorizará el pago con tarjeta u otros medios que no supongan contacto físico entre dispositivos.
- El uso de los aseos por los clientes, su ocupación máxima será de una persona, salvo en aquellos supuestos de personas que puedan precisar asistencia. Deberá procederse a la limpieza y desinfección de los referidos aseos, como mínimo, seis veces al día.
- Se dispondrán de papeleras, con tapa y pedal en los que poder depositar pañuelos y otro material desechable. Dichas papeleras deberán ser higienizadas al menos una vez al día.